Inspecciones como Organismo de Control
El Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la infraestructura para la calidad y la seguridad industrial, contempla la figura de los Organismos de Control, que son las personas naturales o jurídicas que, teniendo plena capacidad de obrar, se constituyen con la finalidad de verificar el cumplimiento de carácter obligatorio de las condiciones de seguridad de productos e instalaciones industriales, establecidas por los Reglamentos de Seguridad Industrial, mediante actividades de certificación, ensayo, inspección o auditoría. estras actuaciones como Organismo de Control Autorizado se llevan a cabo en empresas, organismos y particulares, cuyos productos o instalaciones están obligados al cumplimiento de carácter obligatorio de las condiciones de seguridad de productos e instalaciones industriales, establecidas por los Reglamentos de Seguridad Industrial.
Nuestras actuaciones como Organismo de Control Autorizado se llevan a cabo en empresas, organismos y particulares, cuyos productos o instalaciones están obligados al cumplimiento de carácter obligatorio de las condiciones de seguridad de productos e instalaciones industriales, establecidas por los Reglamentos de Seguridad Industrial:
- Inspecciones en el área medioambiental (aguas residuales, emisiones de fuentes estacionarias, aire ambiente, residuos,
- Suelos potencialmente contaminados y aguas subterráneas asociadas)
- Instalaciones de aparatos de elevación: ascensores, grúas torre y grúas móviles
- Accidentes graves
- Instalaciones y equipos a presión
- Instalaciones de almacenamiento de productos químicos
- Instalaciones de combustibles gaseosos
- Instalaciones de protección contra incendios
- Instalaciones petrolíferas
- Instalaciones térmicas en los edificios
- Instalaciones eléctricas de alta y baja tensión
- Seguridad Minera
- Vehículos de transporte de mercancías peligrosas, mercancías en contenedores y perecederas.
- Productos en las directivas 97/23/CE (equipos a presión) y 95/16/CE (ascensores)
- Instalaciones frigoríficas
- Máquinas como equipo de trabajo en uso.
- Inspección técnica de embarcaciones de recreo
- Control metrológico de registradores de temperatura y termómetros.













